«Ulises Mejía violentó a la síndico, deberá restituirla»:TEPJF; libra inhabilitación
Por Gerardo Romo/// Ágora Digital
- El alcalde deberá reparar el daño a la síndico y restituirla en su cargo
Monterrey, NL.- Por unanimidad los 2 Magistrados y magistrada de la Sala Regional de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la existencia de violencia política de género en contra de la síndico Ruth Calderón Babún por parte del alcalde Ulises Mejía Haro y algunos regidores y ordenaron sea restituida en su cargo como medida de reparación de daño en su contra.
«Esta resolución tendrá un papel preventivo para recordarnos que aquella demanda que se planteaba como exigencia social para que se de un trato digno a las mujeres en un contexto libre de violencia, se denunció a un presidente municipal por haber reemplazado a la síndica las atribuciones que por disposición de la ley tiene como revisión de estados financieros, es un tema que tiene que ser objeto de rechazo social, este tipo de actos están prohibidos», señaló Ernesto Camacho Ochoa Magistrado Presidente de la Sala Superior Monterrey.
Camacho Ochoa reprochó que el alcalde trató de invisibilizar a la síndico Ruth Calderón Babún.
«Crecí en un país donde la inercia seguía ciertos roles estructurales impuestas a partir de las relaciones de poder entre hombres y mujeres, el mensaje es decir, ya no más a este tipo de condiciones», agregó Camacho Ochoa.
La magistrada ponente del caso, Claudia Valle Aguilasocho señaló en su proyecto de resolución que la síndico deberá ser restituida en su cargo.
«Debe confirmarse la sentencia, fue correcto que el tribunal local que la falta de recursos humanos y materiales a la síndica fueron actos de trato sucesivo, (…) existieron actos y conductas que le impidieron ejercer su cargo», señaló Valle Agulasocho.
La ponente explicó que por una razón de forma no procedió la inhabilitación del alcalde por violencia política de género como lo pretendía la síndico.
«No se puede incluir al alcalde en el Registro de Políticos Sancionados por Violencia Política de Género debido a que esta instrumentación es posterior a la fecha en que se declara judicialmente la conducta donde se le atribuye su reponsabilidad (al alcalde) por eso no se le considera procedente tal petición», señaló.